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I. Fondo
Conjunto de documentos producidos orgánicamente por una entidad con cuyo nombre se identifica.

Los criterios de identificación de un Fondo en los organismos productores públicos, son los siguientes:
  • Existencia legal: debe tener un nombre y una existencia jurídica propia establecida por una disposición normativa precisa, fechada, PÚBLICADA en el Periódico Oficial del Estado.

  • Funciones propias establecidas en alguna disposición normativa.

  • Posición jerárquica claramente definida dentro de la estructura administrativa.

  • Autonomía suficiente para el desarrollo de sus funciones.

  • Estructura interna oficialmente establecida.

Ejemplos:
  • Fondo Consejería Jurídica del Ejecutivo
  • Fondo Secretaría General de Gobierno
  • Fondo Secretaría de Salud
  • Fondo Secretaría de la Contraloría